{"id":5892,"date":"2022-05-17T06:03:01","date_gmt":"2022-05-17T11:03:01","guid":{"rendered":"https:\/\/infoveracruz.com.mx\/?p=5892"},"modified":"2022-05-17T06:03:02","modified_gmt":"2022-05-17T11:03:02","slug":"extingue-el-gobierno-de-cuitlahuac-garcia-el-fideicomiso-del-acuario","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infoveracruz.com.mx\/index.php\/2022\/05\/17\/extingue-el-gobierno-de-cuitlahuac-garcia-el-fideicomiso-del-acuario\/","title":{"rendered":"Extingue el Gobierno de Cuitl\u00e1huac Garc\u00eda el Fideicomiso del Acuario."},"content":{"rendered":"\n<p>Redacci\u00f3n Infoveracruz.<\/p>\n\n\n\n<p>Xalapa, Ver.- En la medianoche, el gobierno del estado de Veracruz, extingui\u00f3 el Fideicomiso del Acuario de Veracruz, mismo que pasar\u00e1 a sus manos.<br>En la extinci\u00f3n que realiza , da todo el poder a la Procuradur\u00eda Estatal de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente, cuyo titular es Sergio Rodr\u00edguez Cort\u00e9s, quien tendr\u00e1 su cargo la direcci\u00f3n, administraci\u00f3n, control y supervisi\u00f3n, de los bienes y recursos de orden presupuestal, financiero, materiales y humanos, y del cuidado, conservaci\u00f3n y preservaci\u00f3n de la flora, fauna y recursos naturales a su cargo.<br>Ahora se llamar\u00e1 \u201cAquarium del Puerto de Veracruz\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>DECRETO QUE EXTINGUE EL FIDEICOMISO P\u00daBLICO DE ADMINISTRACI\u00d3NDENOMINADO ACUARIO DE VERACRUZ.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Art\u00edculo 1. De conformidad con los art\u00edculos 42, 49 fracciones I, II, V, X y XXIII, 50 y 72 p\u00e1rrafos<\/p>\n\n\n\n<p><br>segundo y tercero fracci\u00f3n V de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica; 1, 2, 3, 4, 5, 8, fracciones I, II, IV y V, 9<\/p>\n\n\n\n<p><br>fracci\u00f3n VIII Bis, 28 Bis, 28 Ter, 38, 40, 42, 43, 54, 54 bis, 55, 56, 57 y 57 Bis de la Ley Org\u00e1nica del Poder Ejecutivo, ambos ordenamientos del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, as\u00ed como el primer p\u00e1rrafo de la Cl\u00e1usula Vig\u00e9sima S\u00e9ptima de la Modificaci\u00f3n Total del Contrato de Fideicomiso de Administraci\u00f3n, de fecha seis de agosto dos mil dieciocho, certificado el ocho del mismo mes y a\u00f1o, y el art\u00edculo 392 fracci\u00f3n I de la Ley General de T\u00edtulos y Operaciones de<br>Cr\u00e9dito, se extingue el Fideicomiso P\u00fablico de Administraci\u00f3n denominado \u201cAcuario de Veracruz\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Art\u00edculo 2. La Procuradur\u00eda Estatal de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente, en adelante la \u201cProcuradur\u00eda\u201d, sectorizada a la Secretar\u00eda de Medio Ambiente de la administraci\u00f3n p\u00fablica del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en atenci\u00f3n a lo dispuesto por los art\u00edculos 1, 2, 3, 8 fracciones I, II, IV y V, 9 fracci\u00f3n VIII Bis, 28 Bis y 28 Ter de la Ley Org\u00e1nica del Poder Ejecutivo; 1, 3 y 4 del Decreto del Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave por el cual se crea la Procuradur\u00eda Estatal de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente, as\u00ed como 1, 3 y dem\u00e1s relativos y aplicables de su correspondiente <\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Reglamento Interior, tendr\u00e1 a su cargo la direcci\u00f3n, administraci\u00f3n, control y supervisi\u00f3n, de los bienes y recursos de orden presupuestal, financiero, materiales y humanos, y del cuidado, conservaci\u00f3n y preservaci\u00f3n de la flora, fauna y recursos naturales a su cargo, as\u00ed como los dem\u00e1s bienes accesorios que, con objetivo de la extinci\u00f3n que se determina en el presente instrumento, se revierten en favor del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con la intervenci\u00f3n que corresponda en t\u00e9rminos de Ley, a la Secretar\u00eda de Finanzas y Planeaci\u00f3n y la Contralor\u00eda General, ambas del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, bajo la denominaci\u00f3n \u201cAquarium del Puerto de Veracruz\u201d, en adelante el \u201cAquarium\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Art\u00edculo 3. La \u201cProcuradur\u00eda\u201d tendr\u00e1 a su cargo la representaci\u00f3n legal y ejercicio de los derechos y obligaciones del \u201cAquarium\u201d, que pasar\u00e1 a formar parte de su estructura org\u00e1nica, con los fines de orden p\u00fablico e inter\u00e9s social de garantizar la continuidad, permanencia y regularidad de todos.<\/p>\n\n\n\n<p><br>los servicios a cargo del \u201cAquarium\u201d, en atenci\u00f3n a las disposiciones que le otorgan a la \u201cProcuradur\u00eda\u201d los atributos de personalidad jur\u00eddica y patrimonio propios, en sus funciones de derecho p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Art\u00edculo 4. Art\u00edculo 4. La Contralor\u00eda General y la Secretar\u00eda de Finanzas y Planeaci\u00f3n, ambas del Gobierno Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en ejercicio de las facultades que les otorgan las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, supervisar\u00e1n y dictaminar\u00e1n el t\u00e9rmino y finiquito de las funciones del fideicomiso que se extingue en este acto, as\u00ed como de su traslado y adscripci\u00f3n al \u201cAquarium\u201d, con el objeto de garantizar los bienes y el r\u00e9gimen patrimonial que quedan a cargo de la \u201cProcuradur\u00eda\u201d. Para tal fin , el Fideicomitente instruir\u00e1 al Fiduciario entregue los recursos que conforman el patrimonio del Fideicomiso a la Tesorer\u00eda de la Secretar\u00eda de Finanzas y Planeaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Art\u00edculo 5. A partir de la entrada en vigor del presente Decreto, el Comit\u00e9 T\u00e9cnico y el Secretario T\u00e9cnico del Fideicomiso deber\u00e1n abstenerse de ejercer o comprometer los recursos que integran el patrimonio del fideicomiso y requerir al fideicomisario revierta los recursos financieros no ejercidos a la instituci\u00f3n fiduciaria.Art\u00edculo 6. La \u201cProcuradur\u00eda\u201d conservar\u00e1 en su poder la documentaci\u00f3n del Fideicomiso que se extingue, consistente en los archivos referentes a las operaciones derivadas del cumplimiento de sus fines y atender\u00e1 los requerimientos de informaci\u00f3n o de cualquier otra \u00edndole que, en su caso, sean formulados por las autoridades competentes o cualquier persona f\u00edsica o moral que acredite tener inter\u00e9s jur\u00eddico en el Fideicomiso.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>T R A N S I T O R I O S<\/p>\n\n\n\n<p><br>PRIMERO. Publ\u00edquese en la Gaceta Oficial, \u00d3rgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.<\/p>\n\n\n\n<p><br>SEGUNDO. El Presente Decreto entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><br>TERCERO. Se derogan todas las disposiciones de igual o menor jerarqu\u00eda que se opongan al presente Decreto.<\/p>\n\n\n\n<p><br>CUARTO. Todos los bienes muebles e inmuebles que en administraci\u00f3n ha aportado el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a trav\u00e9s de la Secretar\u00eda de Finanzas y Planeaci\u00f3n, ser\u00e1n revertidos a \u00e9ste, sin perjuicio de los derechos que correspondan a los Fideicomisarios.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>QUINTO. En cumplimiento del art\u00edculo 4 del presente Decreto, la \u201cProcuradur\u00eda\u201d desahogar\u00e1 el procedimiento de entrega y recepci\u00f3n de los bienes que se revierten en favor del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, requiriendo de los responsables de las funciones de ordenar, tramitar y ejecutar los acuerdos e instrucciones giradas a la entidad fiduciaria, la entrega de toda la informaci\u00f3n legal, financiera y de archivo del Fideicomiso que se extingue, as\u00ed como de los informes y suscripci\u00f3n de los documentos atinentes al procedimiento de extinci\u00f3n que en este acto se acuerda. Del mismo modo, en forma simult\u00e1nea, la Secretar\u00eda de Finanzas y Planeaci\u00f3n, por conducto del \u00e1rea competente proceder\u00e1 a cumplimentar el procedimiento de extinci\u00f3n ante el fiduciario y el o los fideicomisarios del Fideicomiso que se extingue, en un plazo no mayor a sesenta d\u00edas naturales.<\/p>\n\n\n\n<p><br>SEXTO. Una vez formalizado el Convenio de Extinci\u00f3n con la Instituci\u00f3n Fiduciaria, y en caso de existir procesos jur\u00eddicos o legales en los que el Fideicomiso haya formado parte, la \u201cProcuradur\u00eda\u201d ser\u00e1 la responsable de cumplimentar y dar seguimiento a dichos asuntos.<\/p>\n\n\n\n<p>S\u00c9PTIMO. En t\u00e9rminos de Ley, quedan a salvo todos los derechos laborales del personal contratado en su momento por el Fideicomisario para llevar a cabo la operaci\u00f3n, explotaci\u00f3n y mantenimiento del Acuario de Veracruz, de conformidad con el presente instrumento y la legislaci\u00f3n aplicable en materia laboral.<br>OCTAVO. En un plazo no mayor a sesenta d\u00edas naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, el Titular del Poder Ejecutivo del Estado efectuar\u00e1 las modificaciones que correspondan para actualizar el Decreto de creaci\u00f3n o el Reglamento Interior o ambos, de la \u201cProcuradur\u00eda\u201d, con el fin de garantizar el r\u00e9gimen jur\u00eddico del \u201cAquarium\u201d, as\u00ed como su debida organizaci\u00f3n y funcionamiento, precisando las atribuciones y actividades de orden p\u00fablico que le correspondan, en atenci\u00f3n a lo dispuesto en el presente Decreto..<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>NOVENO. Se faculta a la Secretar\u00eda de Finanzas y Planeaci\u00f3n del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para interpretar los efectos administrativos de la aplicaci\u00f3n del presente Decreto, as\u00ed como para resolver las dudas o aclaraciones que se susciten en el \u00e1mbito de dicha aplicaci\u00f3n.<br>Dado en Palacio de Gobierno, residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enr\u00edquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los diecis\u00e9is d\u00edas del mes de mayo del a\u00f1o dos mil veintid\u00f3s.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Redacci\u00f3n Infoveracruz. 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