Hasta 2024 las sanciones para transportistas que no utilicen la Carta Porte

Danytza Flores

Veracruz, Ver.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT), extendió una prórroga para no sancionar a los transportistas que no utilicen la Carta Porte.

Luis Exsome Zapata, Vicepresidente Regional Sureste de la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar), explica que se trata de una medida de control para la importación y exportación de mercancías solicitada por el SAT.

Admite que muchos transportistas no están listos para llenar este documento, porque es una carga administrativa pesada para ellos.

Mencionó que son alrededor de 34 requisitos los que tienen que llenar y además hay varias empresas que no cuentan con los recursos para tener un equipo administrativo para realizar el llenado.

“Muchas veces es un poco pesada la carga administrativa, luego no cuentan con los recursos o medios para poder tener un equipo administrativo para poder estar controlando la carta aporte, el llenado, muchos requisito son cerca de 34 requisitos para no tener una sanción, pero muchas veces no depende nada más del transportista sino también del cliente que nos tiene que dar la información que es lo que hace que se nos complique porque nos piden peso, el embalaje si son cajas, si viene en presentaciones de cuantos mililitros y entiendo que todo eso se le ha complicado”, comenta.

El pasado 1 de julio habría entrado en vigor las sanciones para las empresas que no utilizarán la carta aporte, pero recientemente el SAT extendió una prórroga hasta el 1 de enero de 2024 para que se vayan alistando.

Esta sería la sexta vez que se prorroga la fecha para que entre en obligatoriedad el uso de la carta porte.

Exsome Zapata afirma que la carta porte no es algo nuevo, pues antes se le conocía como “el talón”, sin embargo el tema radica en que ahora la autoridad lo ha querido controlar más a detalle.

¿Qué es la carta porte?

Consiste en la digitalización de la información relacionada con el traslado de bienes y/o mercancías en todo el territorio nacional, en cualquier medio de transporte.

Es un Comprobante para amparar el Transporte de Mercancías de manera digital (CFDI) que autoriza el servicio de autotransporte federal de carga en los caminos y puentes de jurisdicción federal.

En ese tenor, el delegado de la Canacar en Veracruz, señaló que la cúpula empresarial trabajó de cerca con el Sistema de Administración Tributaria (SAT) y así tener una ampliación de la obligatoria que se extendió hasta el próximo año.